FAQ

Preguntas destacadas

Información relevante sobre la certificación energética

En esta faq o preguntas más frecuentes encontrarás información más relevante de como se realiza y calcula tanto el certificado energético como la etiqueta energética.

Información

Si sigues teniendo dudas acerca de nuestro servicios de certificación energética no dudes en poner en contacto con nosotros a través de nuestra sección contacto o llamando al número 624 35 48 02.

FAQ

Preguntas Frecuentes

Encuentra respuestas a tus dudas acerca de nuestro servicio.

Preguntas generales

Estas son las preguntas más generales que suelen tener acerca del uso e importancia tanto del certificado energético como de la etiqueta energética.

El certificado energético consiste en un informe emitido por técnicos especialistas en el que se evalúa el nivel de eficiencia energética que posee un inmueble. Este nivel de eficiencia se mide en una escala de A (máxima eficiencia energética) hasta G (mínima eficiencia energética).

Nuestro estudio está basado en características propias del edifico a evaluar, tales como fachadas, cubiertas, medianeras, soleras, puertas, ventanas, etc.; además de tomar en cuenta la eficiencia de las instalaciones destinadas a la iluminación, ventilación, climatización, refrigeración y producción de agua caliente.

Los resultados obtenidos del análisis se reflejan en lo que se conoce como etiqueta energética.

 

El certificado y la etiqueta energética cuentan con formatos preestablecidos legalmente.

El certificado energético cuenta con varias páginas. En la primera, se incluyen los datos generales del inmueble, del certificador y la calificación de la eficiencia energética obtenida. Las siguientes páginas corresponden a descripciones térmicas del inmueble; calificación energética desglosada de acuerdo a las demandas y consumos de energía; recomendaciones para mejorar; y las pruebas que se aplicaron para determinar los resultados.

imagen de un certificado energético en españa

En cuanto a la etiqueta, esta se presenta como un resumen muy visual, que incluye los datos de inmueble, la escala energética obtenida: los valores de consumo de energía y emisiones de CO2; el número de registro que asigna la Comunidad Autónoma y la fecha de caducidad de la etiqueta.

imagen de una etiqueta energética para viviendas en españa

El cálculo de los resultados de la certificación energética atiende a la evaluación de diferentes características del inmueble, en la que se determina la energía que se necesita y la energía que se consume, así como las emisiones de CO2 por el uso de determinados equipos.

Para definir los resultados se puede hacer uso de sistemas informáticos, los cuales deben estar técnicamente aprobados por las instituciones gubernamentales para su implementación en la emisión de resultados.

Ambos documentos son especialmente necesarios para evaluar el gasto energético actual y aplicar las recomendaciones que nos lleven a mejorar la calificación energética y, por tanto, reducir el importe en las facturas de cobro de energía.

Así mismo, contar con estos documentos, es indispensable y obligatorio si se quiere vender o alquilar una vivienda, un edificio o un local; también si se espera obtener un crédito hipotecario, ya que la transición hacia un estado energético eficiente ahora se encuentra en las leyes españolas.

Este certificado puede ser emitido por lo que la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación define como técnicos competentes y por todos aquellos que, según las normas vigentes, tengan la capacidad profesional de realizar estos estudios.

En este sentido, pueden ser: ingenieros, arquitectos, técnicos ingenieros o técnicos arquitectos.

Sí. De acuerdo al Real Decreto 235/2013, desde el 1 de junio de 2013, se trata de un documento obligatorio si se espera vender o alquilar un inmueble.

No presentar este documento en cualquiera de los trámites mencionados, puede acarrear sanciones que van desde los 600 a los 3000 euros. Existen algunas excepciones; por lo que, si tiene alguna duda, no espere a contactar con nuestros expertos.

De acuerdo a las leyes vigentes, los edificios que deben contar con esta certificación son:

  • Nuevas construcciones (desde 2007). Estas deben contar con certificaciones energéticas del proyecto y la certificación energética del inmueble al terminar.
  • Edificios o viviendas en compra-venta o alquiler (desde 2013).
  • Edificios en que las autoridades públicas ocupen una superficie de más de 250 m2 y sean frecuentados por el público.
  • Edificios residenciales con más de 50 años (a partir de 2018).
  • Viviendas destinadas al uso turístico (a partir de 2021).

Sí. No están obligados a presentar este documento:

  • Los edificios declarados protegidos por su valor arquitectónico o histórico, siempre que una mejora en la eficiencia energética alterase sus características.
  • Las construcciones provisionales, cuyo plazo de uso sea igual o inferior a dos años.
  • Edificios de baja demanda energética, ubicados en zonas donde no se necesite garantizar condiciones técnicas de confort.
  • Edificios independientes con una superficie útil menor a 50 m2.
  • Edificios comprados para demoler o para realizar reformas.

 

Si tiene alguna duda acerca de si se encuentra entre los inmuebles exentos de presentar este documento, puede ponerse en contacto con nuestros expertos.

Toda vez que se realice una venta o arrendamiento, se deberá informar sobre el informe de certificado energético, el cual debe entregarse junto con el contrato correspondiente.

El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, el cual fue publicado en el BOE el 2 de junio de 2021.

Sí. El propietario, promotor o la persona autorizada, presentará el certificado junto con los informes correspondientes para su registro ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma para que este pueda tener validez legal.

Las comunidades autónomas suelen habilitar un periodo de registro para inscribir los certificados, y en algunos casos se cobra una tasa por este trámite.

Todos los certificados tienen una validez de 10 años, excepto los que hayan obtenido una calificación G, que tienen validez de 5 años. Culminado el plazo de validez, se debe renovar la certificación sólo en los casos previstos en la Ley (compra, venta o alquiler).

No es necesario si se requiere contratar el servicio eléctrico o cualquier otro servicio básico.

El costo del certificado energético dependerá del tipo de inmueble que se desea certificar y sus características. También puede tener un costo mayor si el propietario no posee los planos del lugar.

Preguntas sobre el servicio

En este apartado vamos a proponer preguntas y respuestas acerca de lo que hay que tener en cuenta a la hora de llevar a cabo el servicio del certificado energético.

Si el contrato de alquiler se estableció antes de la entrada en vigencia del Real Decreto que regula esta documentación, no será necesario; no obstante, si el contrato se celebró posteriormente, sí es obligatorio.

Sí. De acuerdo al Real Decreto 235/2013, desde el 1 de junio de 2013, se trata de un documento obligatorio si se espera vender o alquilar un inmueble.

No presentar este documento en cualquiera de los trámites mencionados, puede acarrear sanciones que van desde los 600 a los 3000 euros. Existen algunas excepciones; por lo que, si tiene alguna duda, no espere a contactar con nuestros expertos.

Las personas que venden un inmueble sin certificación energética pueden ser objeto de multas. Si la vivienda se anuncia sin hacer mención a la calificación energética, se colocará una multa de 300 a 600 euros; si el comprador no recibe el certificado energético o este no se encuentra registrado, la multa irá de 601 a 1000 euros; y, finalmente, si la venta o alquiler se hace sin contar con el certificado, la multa podrá llegar a los 6000 euros.

Es el propietario o promotor de un edificio quien tiene la potestad de solicitar el Certificado de Eficiencia Energética para su realización, el cual debe ser hecho por un Técnico certificador competente (arquitecto o ingeniero).

En primer lugar, se debe contactar con un técnico habilitado para hacer el estudio de eficiencia energética y es quien expedirá el certificado energético. Luego, deberá realizar el registro de este certificado en la Comunidad Autónoma de la localidad del inmueble.

¿No encuentras respuestas a tus preguntas?

Si tienes dudas acerca de nuestro servicio háznoslo saber . te respondemos en cuanto nos sea posible. Has click en contáctanos para solicitar una llamada.

Resolvemos sus dudas.

Rellene los datos y nos ponemos en contacto con usted para resolver dudas.

Resolvemos sus dudas.

Rellene los datos y nos ponemos en contacto con usted para resolver dudas.